Decreto 1135 de 1992 · por el cual se introducen algunas modificaciones al Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El
Parágrafo 1
del artículo 2.1.2.2.13. del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, quedará así: "
Parágrafo 1
Se exceptúa de estas disposiciones las corporaciones financieras de creación legal en las cuales la Nación o sus entidades descentralizadas mantengan el cincuenta por ciento (50%) o más del capital social".
Parágrafo 1
Artículo 2.1.2.2.13 DECRETO 1730 de 1991
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.