Micelio

Artículo 3

La Bonificación Por Compensación Establecida En El Presente Decreto Se Pagará Mensualmente, Una Vez Se Haya Aprobado El Presupuesto Presentado Por El Gobierno Nacional Al Congreso De La República Y Tendrá Efectos Fiscales Desde El Primero De Enero De 1999

Decreto 610 de 1998 · por el cual se establece una bonificación por compensación de los Magistrados de Tribunal y otros funcionarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Bonificación por Compensación establecida en el presente decreto se pagará mensualmente, una vez se haya aprobado el presupuesto presentado por el Gobierno Nacional al Congreso de la República y tendrá efectos fiscales desde el primero de enero de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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