Micelio

Artículo 5

Los Actuales Empleados Del Ministerio De Justicia Que Fueren Designados En Cargos Cuyos Sueldos Fueren Menores Al Que Están Devengando En El Momento De Incorporárseles A La Planta Establecida En El Presente Decreto, Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior, Hasta Que Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán, Sobre Los Sueldos Básicos

Decreto 93 de 1973 · Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los actuales empleados del Ministerio de Justicia que fueren designados en cargos cuyos sueldos fueren menores al que están devengando en el momento de incorporárseles a la planta establecida en el presente Decreto, continuarán recibiendo el sueldo anterior, hasta que se retiren o pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad se computarán, sobre los sueldos básicos. Cuando el cargo quede vacante, la persona que entre a ocuparlo recibirá el sueldo señalado en este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 93 de 1973