Micelio

Artículo 9

La Matrícula De Cada Automotor Terrestre Será Única Y Definitiva

Decreto 1255 de 1970 · Por el cual se determina el régimen de constitución, adquisición y registro de derechos reales y medidas judiciales de traba sobre vehículos automotores terrestres

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La matrícula de cada automotor terrestre será única y definitiva. En consecuencia, todos los actos, contratos y providencias relacionadas con él y sometidos a registro, deberán inscribirse en el correspondiente folio de la oficina que abrió la matrícula, y ésta subsistirá hasta cuando se inscriba escritura de declaración de destrucción, desaparecimiento o exportación del vehículo, con protocolización de las pruebas del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1255 de 1970