Micelio

Artículo 11

Ley 167 de 1896 · Que organiza el servicio militar obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan exceptuados transitoriamente del servicio de banderas:

a)

Los jóvenes que sigan una carrera profesional, hasta que terminen el estudio;

b)

Los que ejerzan cargo de elección popular ó desempeñen cargo o empleo de periodo fijado por la ley.

c)

Los individuos cuya presencia perniciosa en el cuartel á juicio del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 167 de 1896