o El valor anual por concepto de prima de costo de vida para la vigencia fiscal de 1992, no podrá exceder de un veintiséis por ciento (26%) a lo pagado efectivamente por ese concepto en 1991.
Decreto 879 de 1992 →Vigente
Artículo 6
O El Valor Anual Por Concepto De Prima De Costo De Vida Para La Vigencia Fiscal De 1992, No Podrá Exceder De Un Veintiséis Por Ciento (26%) A Lo Pagado Efectivamente Por Ese Concepto En 1991
Decreto 879 de 1992 · por el cual se establecen los gastos de representación para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, con carácter de Jefes de Misión Diplomática de Colombia en el exterior y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.