Micelio

Artículo 16

Suspensión Del Registro

Decreto 2163 de 2012 · por el cual se conforma y reglamenta la Comisión Consultiva de Alto Nivel de Comunidades Negras, Raizales y Palenqueras y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión del Registro. La Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior, procederá a suspender, previo el procedimiento previsto en la Ley 1437 de 2011, hasta por un término de seis (6) meses, mediante resolución motivada, a los Consejos Comunitarios con título colectivo adjudicado por el Incoder y a las organizaciones de raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina que incumplan lo establecido en el artículo 15 de este decreto. Los Consejos Comunitarios de comunidades negras y palenqueras y las organizaciones de raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina que, vencido el término de suspensión que le fuere impuesta, continúen sin reportar la actualización de su información, serán retiradas definitivamente del Registro Único, mediante resolución motivada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2163 de 2012