Micelio

Artículo 15

Funciones De La Dirección De Seguimiento Y Evaluación De Políticas Públicas

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas. Son funciones de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas, las siguientes

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones en ma­teria de evaluación y seguimiento de las políticas públicas que están a cargo del Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con las Direcciones del DNP y los organismos y entidades pertinentes.

2.

Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos relacionados con la evaluación y el seguimiento a las políti­cas públicas, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.

3.

Formular documentos de política en los temas de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públi­cas, con una visión de Estado en el largo plazo.

4.

Diseñar y orientar programas para el fortalecimiento y la actualización del Sis­tema Nacional de Evaluación de Resultados, de acuerdo con las necesidades de evaluación, los resultados de su operación y su cobertura.

5.

Apoyar el proceso de elaboración del presupuesto de inversiones, mediante los informes de evaluación que permitan priorizar los programas y proyectos a ser financiados.

6.

Realizar el control posterior a la viabilidad de los proyectos de inversión que tengan relación con los temas de su competencia.

7.

Participar en el desarrollo de los lineamientos y políticas de gestión por resulta­dos, vinculando el presupuesto con el desempeño de las entidades y organismos de la Administración Pública.

8.

Orientar, participar y promover la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos relacionados con prácticas de transparencia, rendición de cuentas en la gestión y lucha contra la corrupción, asociadas con el mejoramiento de la gestión de las entidades y organismos de la Administración Pública, en coordinación con las Direcciones requeridas.

9.

Establecer los lineamientos de evaluación de resultados de la gestión de políticas, planes, programas y proyectos ejecutados con recursos públicos.

10.

Desarrollar e implementar mecanismos de seguimiento y evaluación de los im­pactos de programas y proyectos ejecutados por las instituciones gubernamenta­les, nacionales y territoriales.

11.

Desarrollar, monitorear, evaluar el uso y actualizar los instrumentos de evalua­ción del Sistema Nacional de Evaluación de Resultados.

12.

Emitir concepto técnico sobre los instrumentos de evaluación utilizados por las Direcciones Técnicas del DNP y las entidades y organismos de la Administración Pública que así lo soliciten.

13.

Asesorar el desarrollo de los procesos de evaluación de las entidades y organis­mos de la Administración Pública que así lo soliciten.

14.

Coordinar la definición de las evaluaciones focalizadas y la realización de estu­dios e investigaciones sobre evaluación de gestión y resultados, en coordinación con las demás dependencias del DNP, los organismos y entidades pertinentes.

15.

Identificar, mediante diagnósticos sectoriales, las políticas, programas y proyec­tos que sean prioritarios para el Plan Nacional de Desarrollo y/o de especial in­terés para el Gobierno nacional y que deban ser sujetos de una evaluación de sus resultados e impactos.

16.

Establecer el tipo de evaluación, los cronogramas de ejecución y de resultados de las evaluaciones focalizadas, las fuentes de financiamiento y el marco institucio­nal en el que se desarrollarán, de las políticas, programas y proyectos definidos como prioritarios.

17.

Participar y acompañar a las entidades que lo requieran, en la gestión de consecu­ción de recursos para financiar las evaluaciones focalizadas.

18.

Velar por una adecuada divulgación de la evaluación de resultados de las políti­cas, planes, programas y proyectos ejecutados con recursos públicos.

19.

Preparar y coordinar, con las demás Direcciones del DNP, la suscripción cuatrie­nal y anual de documentos Conpes de compromisos con todos los sectores de la Administración Pública y garantizar su coherencia.

20.

Fomentar el diseño e implementación de prácticas de mejoramiento de la gestión y la utilización del presupuesto, como instrumento de gestión orientado a resulta­dos.

21.

Preparar y coordinar con las demás Direcciones del DNP, la elaboración de repor­tes de seguimiento y evaluación de los compromisos y avance de los sectores.

22.

Presentar al Director General las iniciativas de proyectos de inversión que consi­dere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los temas de su competencia.

23.

Asesorar a las Direcciones del DNP y a las entidades en la implantación del Sis­tema Nacional de Evaluación de Resultados y hacer seguimiento al avance del mismo.

24.

Desarrollar e implementar mecanismos de seguimiento y evaluación a los pro­yectos de inversión prioritarios del Gobierno.

25.

Desarrollar e implementar un sistema de indicadores de avance sectorial.

26.

Brindar apoyo técnico en materia de seguimiento a resultados, vinculación de los procesos de planeación, presupuestación, evaluación y mejoramiento de las prácticas gerenciales en las entidades y organismos de la Administración Pública.

27.

Generar reportes, informes y demás documentos que consignen los resultados del seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos consig­nados en el Plan Nacional de Desarrollo.

28.

Desarrollar desde el punto de vista conceptual, las herramientas, instrumentos y metodologías de seguimiento y evaluación que permitan orientar la gestión públi­ca al logro de resultados.

29.

Promover la preparación de normas, en coordinación con la Oficina Asesora Ju­rídica, sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeri­dos para adelantar políticas, planes, programas y proyectos en los sectores y áreas de su competencia.

30.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2189 de 2017