Micelio

Artículo 13

Son Funciones Del Consejo Directivo: A) Formular Y Evaluar Periódicamente La Política Y Objetivos De La Escuela, Con Base En Los Planes Y Programas Del Sistema De Educación Superior; B) Aprobar Los Planes Y Adoptar Las Medidas Necesarias Para La Buena Marcha De La Escuela; C) Expedir Y Modificar El Estatuto Interno De La Escuela, El Cual Requiere Para Su Validez La Aprobación Del Gobierno Nacional; D) Estudiar Y Aprobar, A Propuesta Del Comité Académico Y De Acuerdo Con Las Normas Legales, Los Proyectos Y Programas Relacionados Con Los Aspectos Docentes E Investigativos Que Deba Adelantar La Escuela; E) Proponer Al Gobierno Nacional Para Su Aprobación La Estructura Administrativa, La Planta De Personal Y El Reglamento Docente, De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales; F) Elaborar El Presupuesto De La Escuela Y Someterlo A La Aprobación Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte -Coldeportes- Y Proponer Al Gobierno Nacional Por Intermedio Del Referido Instituto, Los Traslados Y Adiciones Necesarios Para El Cumplimiento De Sus Funciones, Todo De Acuerdo Con Las Normas Orgánicas Del Presupuesto Nacional; G) Designar Y Remover A Los Directores De Unidades Académicas O A Quienes Hagan Sus Veces

Decreto 3115 de 1984 · Por el cual se crea la Escuela Nacional del Deporte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Consejo Directivo

a)

Formular y evaluar periódicamente la política y objetivos de la Escuela, con base en los planes y programas del sistema de educación superior;

b)

Aprobar los planes y adoptar las medidas necesarias Para la buena marcha de la Escuela;

c)

Expedir y modificar el Estatuto interno de la Escuela, el cual requiere Para su validez la aprobación del Gobierno Nacional;

d)

Estudiar y aprobar, a propuesta del Comité Académico y de acuerdo con las normas legales, los proyectos y programas relacionados con los aspectos docentes e investigativos que deba adelantar la Escuela;

e)

Proponer al Gobierno Nacional Para su aprobación la estructura administrativa, la planta de personal y el reglamento docente, de acuerdo con las disposiciones legales;

f)

Elaborar el presupuesto de la Escuela y someterlo a la aprobación del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte -Coldeportes- y proponer al Gobierno Nacional por intermedio del referido Instituto, los traslados y adiciones necesarios Para el cumplimiento de sus funciones, todo de acuerdo con las normas orgánicas del presupuesto nacional;

g)

Designar y remover a los directores de unidades académicas o a quienes hagan sus veces. Su designación se hará de ternas presentadas por el Rector;

h)

Aprobar la creación, fusión, suspensión o supresión de programas académicos, al tenor de las normas legales;

i)

Fijar los derechos pecuniarios que pueda cobrar la Escuela y presentar Para su autorización, al Instituto Colombiano Para el Fomento de la Educación Superior. --ICFES- las disposiciones internas en que hayan sido adoptados;

j)

Darse su propio reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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