Micelio

Artículo 11

Ley 68 de 1924 · LEY 68 DE 1924, 26/12/1924, Sobre fundación de un Banco Agrícola Hipotecario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las operaciones del Banco serán las siguientes:

1° Emitir cédulas transferibles sobre hipotecas constituidas a su favor:

2° Vender estos títulos dentro y fuera del país para invertir su producto en préstamos hipotecarios en efectivo;

3° Celebrar operaciones de crédito, dentro y fuera del país, para los mismos efectos anteriores;

4° Acordar préstamos a plazos no mayores de veinte años, ni menores de cinco;

5° Recibir depósitos de los, agricultores para invertirlos en anticipos con caución prendaria o personal. Estos préstamos no podrán ser por un plazo mayor de seis meses;

6° Comprar y vender cédulas por cuenta propia, en las operaciones que lo exijan, o para aplicarlas directamente a amortizaciones extraordinarias por anticipos o cancelación de préstamos; y comprarlas y venderlas por cuenta ajena;

7° Efectuar arreglos financieros en plazas extranjeras, para procurar la colocación de los títulos que emita el Banco, lo mismo que para el servicio de intereses y amortización de las cédulas que coloque en aquellos mercados;

8° Comprar y vender fincas raíces por cuenta ajena. El Banco podrá adquirir por cuenta propia tan sólo el edificio en que funcione su oficina central. Los inmuebles que el Banco reciba en virtud de arreglos amigables para el pago de deudas, o como resultado de una acción judicial, quedará obligado a venderlos en el plazo máximo de un año, plazo que puede ser prorrogado por la Superintendencia Bancaria;

9° Recibir en depósito sus propias cédulas;

10.

Encargarse por cuenta de los propietarios, de la cobranza de la renta y de los alquileres de las propiedades hipotecadas;

11.

Todas aquellas operaciones que sean compatibles con su índole y las que implícitamente sean necesarias para llevar a efecto o para liquidar las indicadas anteriormente.

Cédulas hipotecarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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