Micelio

Artículo 4

Los Alcaldes Y Demás Autoridades De Tránsito Tomarán Las Medidas Necesarias Para Modificar Las Rutas A Que Se Refiere El Presente Decreto Con El Fin De Garantizar La Normal Prestación Del Servicio, Cuando Las Circunstancias Que Se Presenten El Día De Elecciones Así Lo Requieran

Decreto 339 de 1988 · Por el cual se dictan medidas para garantizar el servicio de transporte durante los días de elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los Alcaldes y demás autoridades de Tránsito tomarán las medidas necesarias para modificar las rutas a que se refiere el presente Decreto con el fin de garantizar la normal prestación del servicio, cuando las circunstancias que se presenten el día de elecciones así lo requieran.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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