°. Funciones del Consejo Directivo . Son funciones del Consejo Directivo además de las señaladas en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, las siguientes
Formular, la propuesta del representante legal, la política general del Instituto y los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica de Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos al Plan Nacional de Desarrollo.
Formular, a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo del Instituto, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Conocer y analizar las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura y a la planta de personal que considere pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto.
Señalar los criterios generales para la ejecución de los planes, programas, proyectos y recursos del Instituto, para el cumplimiento del objeto y funciones para el cual fue creado.
Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Estudiar y aprobar el programa anual mensualizado de caja, PAC, de los recursos propios.
Aprobar, adoptar y modificar su propio reglamento.
Las demás funciones que le asignen la ley y los estatutos.