Artículo quinto . En caso de retiró de la Asociación de Pescadores Artesanales del Pacífico de la Empresa, esta podrá continuar como sociedad de economía mixta, admitiendo otro u otros socios particulares, o convertirse sin necesidad de liquidación previa, en empresa industrial y comercial del Estado o en sociedad entre entidades públicas (artículo 17 Decreto extraordinario 130 de 1976). Los correspondientes órganos directivos de la Entidad procederán a modificar los estatutos en la forma a que hubiere lugar.
Decreto 636 de 1978 →Vigente
Artículo 5
Decreto Extraordinario 130 De 1976)
Decreto 636 de 1978 · Por el cual se autoriza a algunas entidades descentralizadas para participar como socias en la constitución de una sociedad de economía mixta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.