Artículo cuarto. Sométese a la aprobación del Gobierno Nacional y si lo fuere, Comuníquese y cúmplase. Dado en San Andrés, Isla, a los veinticinco (25) días del mes de marzo de mil novecientos sesenta (1960). El Intendente Nacional, Alfredo Ballesteros R. El Secretario. General, Félix N. Palacio S. El Secretario de Comercio, Fomento y Turismo, Humberto Gaitán B. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1043 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Decreto 1043 de 1960 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Decreto número 026 de 1960 (marzo 25), dictado por el Intendente Nacional de San Andrés y Providencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.