°. Recursos . Para la implementación de las disposiciones establecidas en el presente Decreto, las entidades involucradas incluirán anualmente en su presupuesto los recursos correspondientes. Su apropiación estará sujeta a las disponibilidades presupuestales de cada vigencia conforme al Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de mediano plazo. Las entidades del Gobierno nacional encargadas del cumplimiento del presente Decreto, en el marco de sus funciones y marco legal pertinente, destinarán los recursos económicos, humanos y tecnológicos necesarios para apoyar a las Comunidades Negras del Pacífico colombiano en el cumplimiento de las condiciones o requisitos establecidos en la Ley 2158 de 2021, para la protección y comercialización del viche/biche y sus derivados con énfasis en el acompañamiento, para la asistencia técnica y el suministro de información necesarios en el marco de la garantía del goce efectivo de los derechos económicos, sociales, culturales, ambientales y étnico-territoriales protegidos por dicha norma.
Decreto 1456 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Recursos
Decreto 1456 de 2024 · por el cual se adiciona el Título VII de la Parte V del Libro 2 del Decreto número 1080 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura y se reglamenta la Ley 2158 de 2021 “por medio del cual se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales, tradicionales y patrimonio colectivo de las comunidades negras afrocolombianas de la costa del pacífico colombiano y se dictan otras disposiciones”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.