Las sanciones disciplinarias se aplicarán teniendo en cuenta la naturaleza de la falta, las funciones desempeñadas por el infractor, su grado de participación en aquella, y sus antecedentes en calificación y sanciones. Para dicha apreciación, el Ministerio Público allegará al proceso los antecedentes del acusado. Las pruebas se apreciarán según las reglas de la sana crítica.
Decreto 250 de 1970 →Vigente
Artículo 102
Las Sanciones Disciplinarias Se Aplicarán Teniendo En Cuenta La Naturaleza De La Falta, Las Funciones Desempeñadas Por El Infractor, Su Grado De Participación En Aquella, Y Sus Antecedentes En Calificación Y Sanciones
Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.