Micelio

Artículo 15

Decreto 614 de 1984 · Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quince. Responsabilidades de las Divisiones Departamentales de Trabajo y Salud Ocupacional

a)

Realizar visitas de la inspección en los procesos de sanción a los lugares de trabajo para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales;

b)

Estudiar y resolver negocios y las consultas que sean de su competencia;

c)

Proponer y ejecutar programas de reubicación laboral para los trabajadores con capacidad laboral disminuida;

d)

Vigilar y controlar en forma coercitiva el cumplimiento de las normas legales sobre reubicación laboral;

e)

Emitir los dictámenes de primera instancia, los conceptos y peritazgos médico laborales en su jurisdicción;

f)

Adelantar programan de vigilancia y control tendientes a ampliar la cobertura de la Seguridad Social, en especial en labores peligrosas e insalubres;

g)

Mantener estrechas relaciones con las dependencias seccionales de Salud, el Instituto de Segures Sociales y del SENA y participar activamente en los Comités Seccionales de Salud Ocupacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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