Micelio

Artículo 1

Comisionase A La Junta De Conversión Para Que Efectué En La Casa De Moneda De Esta Ciudad La Acuñación De Cien Mil Pesos ($ 100

Decreto 738 de 1921 · Sobre acuñación de moneda especial para los Lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Comisionase a la Junta de Conversión para que efectué en la Casa de Moneda de esta ciudad la acuñación de cien mil pesos ($ 100.000), en moneda de níquel, con destino a la circulación de los lazaretos, de signos metálicos especiales, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° de la Ley 8ª de 1905.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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