Micelio

Artículo 462

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Copias para que se inicie el proceso. Si durante el proceso se ha dejado de investigar un delito conexo o la conducta de un posible copartícipe se ordenará en la sentencia compulsar copias para que se inicie el proceso respectivo. TITULO IV Recursos extraordinarias. CAPITULO PRIMEIRO Casación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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