° Abrese a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935, el siguiente crédito adicional: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 56 Conservación y construcción de carreteras nacionales. Artículo 256 A. Para la carretera de Bucaramanga-Pamplona $ 360,000 Artículo 256 E. Para la carretera Bogotá-Villavicencio 360,000 Artículo 256 F. Para la carretera Popayán-Pasto 100,000 Artículo 256 K. Para la carretera Agua Clara-Ricaurte 90,000 Artículo 256 L. Para la carretera Cúcuta-Ocaña 120,000 Artículo 256 M. Para la carretera Villavicencio-Puerto Carreño 120,000 Artículo 256 N. Para las vías del Sur 200,000 Artículo 256 55. Para la carretera Fundación Valledupar-Fonseca-Riohacha 100,000 Artículo 256 O. Para el camino del Sarare 100,000 Artículo 256 P. Para el camino del Cravo 90,000 Artículo 256 Q. Para la carretera Quibdó- Bolívar 180,000 Artículo 256 R. Para la carretera Apia, Pueblorico-Tadó-Istmina 180,000 Dos millones de pesos $ 2.000,000
Decreto 3 de 1935 →Vigente
Artículo 2
Abrese A La Ley De Apropiaciones De La Vigencia Fiscal De 1935, El Siguiente Crédito Adicional: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 56 Conservación Y Construcción De Carreteras Nacionales
Decreto 3 de 1935 · POR EL CUAL SE ADICIONA EL PRESUPUESTO DE RENTAS DE 1935 Y SE ABRE UN CRÉDITO ADICIONAL A ÉL
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.