Micelio

Artículo 24

Decreto 1849 de 1999 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 448 de 1998

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vinculación al Fondo de las entidades aportantes. La vinculación al Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales por las entidades aportantes se realizará, en cada caso, en virtud de un contrato, cuyo modelo previsto en el numeral 2 del artículo 22, deberá ser aprobado previamente por la Superintendencia de Valores. Dicho contrato no generará, a cargo de las entidades aportantes, obligación de remuneración a Fiduciaria La Previsora S.A.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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