Art. 2° Como consecuencia del artículo anterior, desde la fecha que en él se determina quedan eliminados los puestos de Médicos, Practicantes, y Ayudantes que no están comprendidos expresamente, tanto para el Ejército como para la Policía.
Decreto 773 de 1905 →Vigente
Artículo 2
Decreto 773 de 1905 · Por el cual se reorganiza el servicio médico del Distrito Capital
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.