Para Los Efectos Del Contrato De Seguro De Manejo Y Cumplimiento Establecido Por La Ley 255 De 1938, Se Entiende Causado El Siniestro: A) En El Momento Mismo En Que La Nación, Como Entidad Asegurada, Por Intermedio De La Contraloría General De La República, Notifique Al Asegurador Que Contra El Empleado Afianzado Cursa Una Acción Penal Por Delitos Cometidos Contra La Administración Pública; B) En La Fecha En Que La Providencia De Ejecutoria De Un Fenecimiento Con Alcance Pase Al Juzgado Nacional De Ejecuciones Fiscales, Como Consecuencia Del Incumplimiento De Disposiciones Legales O Reglamentarias Que Implique Menoscabo De Los Fondos O Bienes Nacionales
Decreto 2950 de 1954 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1348 de 1939, reglamentario de la Ley 225 de 1938
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Para los efectos del contrato de seguro de manejo y cumplimiento establecido por la Ley 255 de 1938, se entiende causado el siniestro
a)
En el momento mismo en que la Nación, como entidad asegurada, por intermedio de la Contraloría General de la República, notifique al Asegurador que contra el empleado afianzado cursa una acción penal por delitos cometidos contra la Administración Pública;
b)
En la fecha en que la providencia de ejecutoria de un fenecimiento con alcance pase al Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales, como consecuencia del incumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias que implique menoscabo de los fondos o bienes nacionales.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.