Micelio

Artículo 20

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

CANCELACION DE LA AFILIACION INDEBIDA. Será cancelada parcial o totalmente la afiliación, en los siguientes casos

a)

A los exonerados parciales de que trata el Reglamento de Registro, Inscripción, Afiliación y Adscripción, y respecto de los seguros a los cuales no tenían derecho;

b)

Al pensionado particular cuya pensión no deba ser compartida con el ISS y que hubiere sido afiliado por el patrono pensionante para el seguro de EGM;

c)

La persona que sin tener derecho hubiere sido afiliada al Régimen, como sería el caso del que no tiene la calidad de trabajador dependiente o independiente, o de quien no se encuentra entre los grupos de población o en la zona geográfica llamada a inscripción. Este último caso, cuando el trabajador dependiente no hubiere sido inscrito con anterioridad a la vigencia del presente Reglamento;

d)

Los demás excluidos expresamente por la ley o los reglamentos de los Seguros Sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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