Micelio

Artículo 9

Ley 185 de 1959 · Por la cual se ordena el estudio de algunas obras en el Municipio de Buenaventura y la costa vallecaucana del pacífico, y se conceden facultades al Gobierno para tal fin

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la financiación del plan de obras que esta ley se refiere, y hasta su total realización, en los Presupuestos de Rentas y Gastos de las próximas vigencias se incluirá una suma equivalente a la que anualmente percibe la Nación en el puerto de Buenaventura por concepto del gravamen especial establecido por la Ley 63 de 1948 , suma que no podrá ser contracreditada, quedando facultado el Gobierno para hacer traslados y abrir créditos en caso de ser omitida en la Ley de Apropiaciones.

Parágrafo

Para los fines de esta Ley, y según las urgencias de las obras en ella ordenadas, el Gobierno podrá contratar empréstitos internos o externos con garantía en los ingresos de que trata la Ley 63 de 1948 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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