Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1536 de 1999 · por medio del cual se someten a visto bueno previo las importaciones de algunos productos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señalará las condiciones bajo las cuales otorgará el visto bueno de que trata el artículo 2º del presente decreto teniendo en cuenta los lineamientos adoptados por el Consejo Superior de Comercio Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1536 de 1999