Micelio

Artículo 3

º El Imcumplimiento A Lo Preceptuado En El Artículo Lº De Este Decreto Será Sancionado Conforme A Lo Previsto En Los Artículos 1º Y 2º Del Decreto 3664 De 1986 Y Su Juzgamiento Corresponde, En Primera Instancia, A Los Jueces Especializados A Que Se Refieren Los Decretos 1806 De 1985 Y 466 De 1987, Cuando Se Trate De Armas De Uso Privativo De Las Fuerzas Militares, Y, A Los Jueces Del Circuito, En Los Demás Casos

Decreto 2045 de 1987 · por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El imcumplimiento a lo preceptuado en el artículo lº de este Decreto será sancionado conforme a lo previsto en los artículos 1º y 2º del Decreto 3664 de 1986 y su juzgamiento corresponde, en primera instancia, a los Jueces Especializados a que se refieren los Decretos 1806 de 1985 y 466 de 1987, cuando se trate de armas de uso privativo de las fuerzas Militares, y, a los Jueces del Circuito, en los demás casos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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