Micelio

Artículo 17

Del Ordenamiento Nacional De Los Servicios Públicos

Ley 19 de 1958 · Sobre reforma administrativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crease la Escuela Superior de Administración Pública. El Gobierno reglamentará sus programas, su organización y funcionamiento, y dictara las medidas tendientes a que se establezcan cursos o secciones de administración pública en las Universidades seccionales y en los institutos oficiales de segunda enseñanza, así como para fomentar la creación de cursos o escuelas privadas de la misma índole.

Del Ordenamiento Nacional de Los Servicios Públicos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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