Micelio

Artículo 2

Ley 57 de 1909 · Por la cual se fija la tarifa de los derechos consulares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sobre las encomiendas postales no se cobrará derecho de factura consular. Los derechos de factura serán, de acuerdo con la Convención relativa al cambio de encomiendas postales firmada en Roma el 26 de Mayo de 1906, de cinco centavos oro por cada encomienda y por razón de factura, sin recargo de ninguna especie por este concepto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1909