Micelio

Artículo 9

Dirección De Sanidad

Decreto 113 de 2022 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Dirección de Sanidad. Es la dependencia de la Jefatura Nacional de Desarrollo Humano responsable de planificar, dirigir, desarrollar, coordinar, supervisar y evaluar los servicios en materia de salud, por medio del aseguramiento, la administración y la prestación de servicios de salud integrales y efectivos en cumplimiento de la misión constitucional. La Dirección de Sanidad cumplirá las siguientes funciones: Planificar y direccionar el aseguramiento en salud, por medio de la implementación de la atención en salud, articulando los servicios, la integralidad y la continuidad de los mismos para el cumplimiento de los derechos de los usuarios, con sujeción a la normatividad vigente. Dirigir la elaboración de estudios, planes, programas, proyectos de inversión, propuestas e informes, para ser presentados ante la instancia que corresponda dentro del régimen de beneficios establecidos en las normas, para concepto de los comités correspondientes. Dirigir y coordinar la gestión de recursos adicionales para optimizar la prestación del servicio de salud en la Policía Nacional, con el Ministerio de Hacienda y otras entidades que otorguen fuentes de financiación. Dirigir el desarrollo e implementación de procesos de mejoramiento y desarrollo administrativo, para el aseguramiento y la prestación de servicios de salud del Subsistema de Salud de la Policía Nacional. Administrar los sistemas de información de la Dirección de Sanidad como base para realizar análisis que permita la toma de decisiones. Administrar y supervisar la gestión del Fondo Cuenta del Subsistema de Salud de la Policía Nacional, para desarrollar seguimiento y control a la ejecución de los recursos, contratación, procesos y resultados. Coordinar y administrar el recaudo del Subsistema de Salud de la Policía Nacional. Ejecutar las actividades que determinen la calificación de la capacidad médico laboral del componente de salud, conforme a los lineamientos del desarrollo humano de la Institución. Supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud en condiciones de continuidad, oportunidad, pertinencia, accesibilidad, seguridad y satisfacción del usuario del Subsistema de Salud de la Policía Nacional, para el logro de los objetivos institucionales, con el propósito de contribuir al fortalecimiento y mejora del servicio con sujeción a la normatividad vigente. Realizar seguimiento al despliegue del Plan Estratégico Institucional en materia de salud. Garantizar la prestación del servicio de salud operacional que se requiere para el adecuado desarrollo del servicio policial y del manejo de los riesgos en salud inherentes al ejercicio de la profesión. Diseñar los productos o contenidos doctrinales y metodologías necesarias en coordinación con las instancias autorizadas para el desarrollo de las actividades propias de su misionalidad. Implementar la gestión del conocimiento en el marco de los parámetros establecidos por el Estado. Implementar las políticas adoptadas por la Policía Nacional y verificar su adecuado desarrollo y cumplimiento. Implementar los sistemas de gestión que adopte la Policía Nacional y la mejora continua e innovación en los procesos que lo requieran. Realizar las actividades establecidas en la gestión documental de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la ley, los reglamentos o la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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