º . Fechas para ingreso al cuerpo profesional especial. Los nombramientos del personal que ingrese al cuerpo profesional especial se harán en los meses de marzo y septiembre de cada año. No obstante, las disposiciones de nombramientos para los bachilleres por incorporación directa se expedirán al término del curso de formación.
Los auxiliares de policía con título de bachiller, que reúnan los requisitos del presente Decreto y hubieren cumplido el tiempo de servicio especial que trata la Ley 2 a de 1977, podrán ser nombrados como agentes profesionales especiales en los meses determinados en el presente artículo. Cuando el licenciamiento se efectúe en meses diferentes a marzo y septiembre, al auxiliar de policía bachiller se le dará de alta como agente profesional en la fecha del licenciamiento y permanecerá con tal calidad, hasta tanto se produzca el nombramiento como agente profesional especial.