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Artículo 22

El Personal De Suboficiales De Servicios Que Sea Retirado Del Servicio Activo Pasa A Figurar En Las Reservas De Los Servicios, Para Lo Cual La Sección De Personal De La Dirección General De Los Servicios Abrirá Y Llevará El Registro Correspondiente

Decreto 1207 de 1942 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de los Decretos -leyes números 1025 y 1123 de 1942, orgánicos de la carrera de Suboficiales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de Suboficiales de servicios que sea retirado del servicio activo pasa a figurar en las reservas de los servicios, para lo cual la Sección de Personal de la Dirección General de los Servicios abrirá y llevará el registro correspondiente. En consecuencia, los Suboficiales reservistas y los reservistas de primera y segunda clase que ingresen a los servicios, desaparecerán de los registros de reservistas del Ejército combatiente y serán inscritos en las reservas de servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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