Micelio

Artículo 5

Son Funciones De La Oficina Departamental De Planificación Y Valorización, Las Siguientes: A) Efectuar La Debida Planificación De Las Obras Públicas Cuya Ejecución Deba Acometer El Departamento; B) Formar El Presupuesto De Las Mismas Obras, Aprobar Los Planos Correspondientes Y Supervigilar Su Ejecución; C) Revisar Los Planos Y Presupuestos De Las Obras Públicas Departamentales Y Darles El Visto Bueno, Cuando Tales Obras Se Ejecuten Por Contrato; D) Elaborar El Estatuto Orgánico Relacionado Con Los Impuestos De Valorización Y De Peaje Con Que Deba Gravar El Departamento A Los Particulares Por La Construcción O Ejecución De Obras De Interés Público Local, Según Las Autorizaciones Conferidas Por Los Decretos Extraordinarios Números 158 De 1955 Y 3144 De 1954

Decreto 1046 de 1955 · Por el cual se aprueba el Decreto número 0291 de 1955, expedido por la Gobernación del Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la Oficina Departamental de Planificación y Valorización, las siguientes

a)

Efectuar la debida planificación de las obras públicas cuya ejecución deba acometer el Departamento;

b)

Formar el presupuesto de las mismas obras, aprobar los planos correspondientes y supervigilar su ejecución;

c)

Revisar los planos y presupuestos de las obras públicas departamentales y darles el visto bueno, cuando tales obras se ejecuten por contrato;

d)

Elaborar el Estatuto orgánico relacionado con los impuestos de valorización y de peaje con que deba gravar el Departamento a los particulares por la construcción o ejecución de obras de interés público local, según las autorizaciones conferidas por los Decretos extraordinarios números 158 de 1955 y 3144 de 1954.

e)

Ejercer las atribuciones especiales que conformen al Estatuto orgánico del impuesto de valorización y del de peaje departamental, se le atribuyan según el decreto correspondiente.

f)

Revisar los planos y presupuestos de las obras públicas de los Municipios y darles su aprobación o improbación, según lo dispuesto por el artículo primero del Decreto 0036 del año en curso.

g)

Las demás funciones que por medio de decreto o resolución le señale el Gobernador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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