Micelio

Artículo 15

Decreto 2180 de 1953 · Por el cual se reglamentan los Decretos legislativos 1877 de 1953 y concordantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quince. Cuando la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, en uso de la facultad de revisión que le otorgan las normas legales vigentes, adicione los impuestos de renta y complementarios liquidados por el año de 1952, ordenará los pagos o adiciones que deban hacerse por concepto de la "Cuota de Rehabilitación y Fomento".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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