Micelio

Artículo 1

El Artículo 2

Decreto 1799 de 1991 · por el cual se modifica el artículo 2° del decreto número 1763 del 10 de julio de 1991.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 2.° del Decreto 1763 del 10 de julio de 1991, quedará así: "Artículo 2.° Los gastos por concepto de viáticos se pagarán a razón de US$ 285.00 diarios, así como los tiquetes aéreos correspondientes, con cargo al presupuesto de la Corporación Andina de Fomento, CAP".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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