Micelio

Artículo 9

Registro De Actas, Control De Constancias Y Archivo De Los Antecedentes De Conciliación

Decreto 4089 de 2007 · por el cual se adopta el marco que fija las tarifas para los centros de conciliación y/o arbitraje, conciliadores y árbitros, y se dictan otras disposiciones para regular el adecuado funcionamiento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Registro de actas, control de constancias y archivo de los antecedentes de conciliación. Los centros de conciliación de las personas jurídicas sin ánimo de lucro podrán cobrar como máximo a los usuarios por el registro que realizan a las actas de conciliación, el control a las constancias que expida el conciliador y por el archivo y custodia de los antecedentes de las conciliaciones hasta el diez por ciento (10%) de un salario mínimo mensual legal vigente (smmlv) solamente en las conciliaciones que realicen los conciliadores a prevención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4089 de 2007