Art. 2. ° Estando dispuesto por los citados artículos 360 del Cononedigo Fiscal i 11.° de la lei 31 del presente año, que desde l.° de setiembre próximo el 25 por ciento de los 45 centavos con que estanone gravada la 5.ª clase corresponda a los "fondos especiales para mejoras internas," las Aduanas procederanonen desde esa fecha en adelante, a liquidar como derecho primitivo sobre las mercaderinoneas de tal clase la cuota de 36 centavos por Kilógramo i como "derecho adicional" la de 9 centavos.
Decreto 212 de 1874 →Vigente
Artículo 2
Decreto 212 de 1874 · Sobre aumento de los derechos de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.