REQUISITOS ESPECIALES PARA OBTENER LICENCIA DE COMERCIALIZACION DE ANIMALES. Para la expedición o renovación de las licencias sanitarias de funcionamiento para establecimientos destinados a la comercialización de animales en áreas urbanas, además de los requisitos generales señalados en este Decreto, se requieren los siguientes de carácter especial
Identificación de las características físicas del alojamiento de los animales, indicando en cada caso las áreas destinadas para su movilización.
Descripción de los mecanismos para la prevención de accidentes y de las disponibilidades para las acciones de primeros auxilios, tanto para personas como para animales.
Presentación y cumplimiento, según el caso, de un plan anual de desinfectación y control de vectores.
Registro cronológico de muerte de animales, indicando las causas.
Registro cronológico de vacunación en los términos y para las zoonosis que exijan las autoridades sanitarias.
Registro cronológico de venta de animales, indicando el nombre del comprador.
Para los casos de establecimientos que comercialicen especies mayores, porcinos, ovinos y caprinos, concepto favorable sobre descargas de aguas negras o servidas, emitido por la autoridad sanitaria correspondiente o en su defecto por la entidad oficial que tenga el control de las aguas de la zona.
Visita de inspección sanitaria y comprobación de los requisitos exigidos para el otorgamiento de la licencia sanitaria de funcionamiento, practicada por un delegado del Jefe del correspondiente Servicio Seccional de Salud.