º La violación de lo dispuesto en el artículo anterior, así como la transmisión de un dato o información electoral falsos, determinarán para las emisoras y usuarios recobrar de inmediato el dominio pleno de las frecuencias y 'el Gobierno podrá, de acuerdo con las normas vigentes, recobrar de inmediato el dominio pleno de las frecuencias o canales que hubiere cedido en explotación a los particulares.
Artículo 6
La Violación De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Así Como La Transmisión De Un Dato O Información Electoral Falsos, Determinarán Para Las Emisoras Y Usuarios Recobrar De Inmediato El Dominio Pleno De Las Frecuencias Y 'el Gobierno Podrá, De Acuerdo Con Las Normas Vigentes, Recobrar De Inmediato El Dominio Pleno De Las Frecuencias O Canales Que Hubiere Cedido En Explotación A Los Particulares
Decreto 510 de 1972 · Por el cual se dictan normas para la preservación del orden público con motivo del debate electoral del 16 de abril del mismo año
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.