Autorícese al Gobierno nacional para que de conformidad con los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad, asigne en el Presupuesto General de la Nación, e impulse a través del Sistema de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar obras y actividades de interés público y social, promotoras del desarrollo regional, que beneficiarán a la comunidad del departamento del Cesar.
Dichas obras deberán guardar relación con las necesidades específicas del departamento y contribuir a su desarrollo y al bienestar de sus habitantes, promoviendo avances en cualquiera de los siguientes temas: la educación; la formalización del empleo; el cubrimiento y la calidad de la salud; el recurso vital del agua; el desarrollo del sector agropecuario; la minería, el sector energético; la infraestructura vial; el turismo; la cultura; el deporte; el cubrimiento en los servicios básicos y de telecomunicaciones; el acceso a la justicia.