Capitalizaciones de la nación para asegurar la prestación del servicio público de energía. Con el fin exclusivo de garantizar la continuidad de la prestación de energía en la Costa Caribe, créase el Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE) como un patrimonio autónomo, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que será administrado por este o la entidad que este designe, cuyo objeto será la inversión de recursos en instrumentos de capital emitidos por empresas de servicios públicos de energía oficiales o mixtas, incluyendo acciones con condiciones especiales de participación, dividendos y/o recompra, entre otras. Las inversiones que realice el FONSE en los instrumentos de capital a los que se refiere este artículo podrán tener retornos iguales a cero o negativos de acuerdo con el comportamiento de las empresas en las que se realicen. El Gobierno nacional reglamentará la administración y funcionamiento del FONSE, así como los demás aspectos necesarios para el cabal cumplimiento de su objeto.
Las leyes anuales de presupuesto para los años 2021 a 2024 deberán incluir los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del FONSE hasta por un monto de $2 billones de pesos. Dichos recursos no requerirán de los trámites de asignación de vigencias futuras previstos en la Ley 819 de 2003 o sus modificaciones.