Micelio

Artículo 2

Modifícase El Artículo 12 Del Decreto 1737 De 1998, Modificado Por El Artículo 6º Del Decreto 2209 De 1998, Que En Adelante Quedará Así: "está Prohibida La Realización De Recepciones, Fiestas, Agasajos O Conmemoraciones De Las Entidades Con Cargo A Los Recursos Del Tesoro Público

Decreto 2445 de 2000 · por el cual se modifican los artículos 8°, 12, 15 y 17 del Decreto 1737 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el artículo 12 del Decreto 1737 de 1998, modificado por el artículo 6º del Decreto 2209 de 1998, que en adelante quedará así: "Está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Tesoro Público. Se exceptúan de la anterior disposición, los gastos que efectúen el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio Exterior y de Defensa Nacional y la Policía Nacional, lo mismo que aquellas conmemoraciones de aniversarios de creación o fundación de las empresas industriales y comerciales del Estado del orden nacional cuyo significado, en criterio del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, revista particular importancia para la historia del país".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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