Prenda y usufructo de acciones: La prenda no, conferirá al acreedor los derechos inherentes a la calidad de accionista, sino en viitud de estipulación o pacto expreso, El escrito o documento en que conste el correspondiente pacto será suficiente para ejercer ante la Sociedad los derechos que se confieren al acreedor, una vez inscrito en el Registro de Accionistas. En el mismo registro se inscribirá el usufructo de acciones, el que, salvo estipulación en contrarío, conferirá al usufructuario todas los derechos inherentes a la calidad de accionista, excepto el de enajenarías y el de su reembolso al tiempo de la liquidación. La anticresis de acciones se perfeccionara como la prenda y el usufructo y sólo conferirá al acreedor el derecho de percibir las utilidades que correspondan a dichas acciones a título de dividendo, salvo estipulación en contrario.
Decreto 591 de 1977 →Vigente
Artículo 44
Prenda Y Usufructo De Acciones: La Prenda No, Conferirá Al Acreedor Los Derechos Inherentes A La Calidad De Accionista, Sino En Viitud De Estipulación O Pacto Expreso, El Escrito O Documento En Que Conste El Correspondiente Pacto Será Suficiente Para Ejercer Ante La Sociedad Los Derechos Que Se Confieren Al Acreedor, Una Vez Inscrito En El Registro De Accionistas
Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.