Son además atribuciones y deberes de la Comisión Central:
1.° Estudiar, propagar y mandar aplicar los procedimientos que crea más convenientes para combatir el flajelo.
2.° Recabar del Poder Ejecutivo la expedición de los decretos y demás medidas administrativas conducentes al mejor desempeño de su cometido.
3.° Proponer al Congreso las medidas legislativas que convenga dictar para hacer más eficaz la lucha contra la langosta.
4.° Expedir las instrucciones y reglamentos que deben observarse en la destrucción de la langosta y para la aplicación de la presente Ley, sometiéndolos previamente á la aprobación del Poder Ejecutivo.
5.° Rendir al Congreso, en sus sesiones anuales, un informe detallado de los trabajos realizados en el período anterior.
6.° Llevar la contabilidad de los fondos que administre, conforme & las prescripciones legales, y rendir trimestralmente sus cuentas á la Corte del ramo.