° Apruébase el Acuerdo número 0033 del 12 de julio de 1991, emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente Inderena, cuyo texto es el siguiente: <<ACUERDO NUMERO 0033 DE 1991 (julio 12) "por el cual se modifica el artículo 3° del Acuerdo 0029 del 25 de julio de 1990". La Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, Inderena, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contenidas en el Decreto 1042 de 1978, artículos 74 y 75, ACUERDA: Artículo 1°. El artículo 3° del Acuerdo número 0029 del 25 de julio de 1990, quedará así: El presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional, rige a partir de la publicación en el Diario Oficial del decreto que lo apruebe y modifica en lo pertinente los Acuerdos 003 de 11 de febrero de 1982, 0043 del 29 de julio de 1985 y el 076 del 30 de noviembre de 1987. Cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de julio de 1991. El Presidente Junta Directiva, (Fdo.) Rodolfo Alvarado Rincón. La Secretaria Junta Directiva, (Fdo.) Nancy Vallejo Serna.
Artículo 2
Apruébase El Acuerdo Número 0033 Del 12 De Julio De 1991, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente Inderena, Cuyo Texto Es El Siguiente: <<acuerdo Numero 0033 De 1991 (Julio 12) "por El Cual Se Modifica El Artículo 3° Del Acuerdo 0029 Del 25 De Julio De 1990"
Decreto 2299 de 1991 · por el cual se aprueban los acuerdos números 0029 del 25 de julio de 1990 y 0033 del 12 de julio de 1991, emanados de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, relacionados con la supresión de algunas cargos de la planta de personal del INDERENA.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.