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Artículo 3

La Comisión Interinstitucional Para La Revisión De La Ley 333 De 1996 Cumplirá Las Siguientes Funciones: 1

Decreto 1961 de 1998 · Por el cual se crea la Comisión Interinstitucional para la Revisión de la Ley 333 de 1996

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Comisión Interinstitucional para la revisión de la Ley 333 de 1996 cumplirá las siguientes funciones

1.

Elaborar los estudios pertinentes que permitan detemrinar los aspectos de la normatividad vigente que dificultan la aplicación efectiva de la figura de extinción del dominio.

2.

Elaborar las propuestas normativas, sobre los temas relacionados con la acción de extinción del dominio, que a su juicio, permitan la efectiva aplicación de esta acción. La Comisión podrá solicitar a todas las autoridades públicas los informes necesarios que le permitan el cabal cumplimiento de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1961 de 1998