Divulgación de la Convocatoria. La convocatoria y la ampliación de los términos para inscripción, si a ella hubiere lugar, se harán mediante Resolución expedida por el Ministro de Relaciones Exteriores que será divulgada utilizando como mínimo dos de los siguientes medios
Prensa de amplia circulación nacional: A través de dos (2) avisos en días diferentes;
Televisión: A través de canales oficialmente autorizados, al menos dos (2) veces en días distintos y en horarios de alta sintonía;
Universidades: Mediante la adecuada difusión y el envío de la convocatoria a aquellos establecimientos educativos de educación superior, seleccionados por el Ministerio;
En todo caso, el aviso de convocatoria de los concursos se fijará en lugar visible de la sede de la Unidad Administrativa Especial Academia Diplomática, por lo menos con sesenta (60) días de anticipación a la fecha de iniciación de inscripción de los aspirantes.