Micelio

Artículo 29

Decreto 1066 de 1999 · por el cual se establece la estructura del Banco Agrario de Colombia, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Operaciones Tesorería. La Gerencia de Operaciones Tesorería tendrá las siguientes funciones

a)

Dirigir, vigilar y coordinar la ejecución de los programas adoptados y en el despacho correcto y oportuno de los asuntos de su competencia;

b)

Administrar, controlar y procesar las operaciones que realice la tesorería, prestando servicios con calidad, oportunidad y eficacia, que satisfagan las necesidades y expectativas de la tesorería y los clientes;

c)

Analizar los recursos de liquidez que posea y administre la Entidad;

d)

Responder por los títulos valores que sustenten las operaciones realizadas en los estados financieros;

e)

Coordinar para que la información que sea requerida por las diferentes áreas de la Entidad, se procese oportunamente dentro de los procedimientos establecidos, con el fin de agilizar y facilitar la toma de decisiones;

f)

Verificar, controlar y evaluar los resultados de los productos asignados, así como hacer seguimiento y evaluación periódica a los procedimientos de acuerdo con los procesos establecidos;

g)

Ejercer autocontrol de la gestión que le ha sido encomendada de tal forma que la realice minimizando todo tipo de riesgos que puedan presentarse;

h)

Administrar, revisar y controlar adecuadamente las cartas soporte de las distintas operaciones por venta de títulos, REPOS y pactos de recompra, carta de traspaso por endoso y cartas de interbancarios pasivos según al orden de trabajo producida por la Mesa de Dinero;

i)

Coordinar y controlar el cruce de información proveniente de los depósitos de valores;

j)

Las demás funciones inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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