Micelio

Artículo 8

Subdirección Financiera

Decreto 1019 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Subdirección Financiera . Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes

1.

Asesorar al Director General en la formulación de la política financiera y en la adopción de planes generales, estudios y programas, que garanticen la consecución, optimización y rentabilidad de los recursos financieros de la entidad.

2.

Desarrollar y controlar los procesos contables, financieros, presupuestales y de tesorería, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

3.

Elaborar en coordinación con la Oficina de Planeación e Informática y la Subdirección Administrativa, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento e inversión, el programa anual mensualizado de Caja y sus modificaciones, para el trámite y aprobación respectiva.

4.

Evaluar los procesos y procedimientos de orden contable, presupuestal, administración de recursos y de tesorería de la entidad y recomendar los ajustes necesarios.

5.

Coordinar, administrar y responder por el manejo de los recursos y el pago oportuno de las obligaciones a cargo de la Caja.

6.

Efectuar el cierre anual presupuestal y financiero.

7.

Coordinar la gestión financiera con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y demás entidades, cuando sea del caso.

8.

Preparar y presentar a la Dirección General y entidades de Control, los informes financieros, con sus correspondientes análisis, y los demás que le sean solicitadas por las autoridades competentes, en cumplimiento de las normas vigentes.

9.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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