Micelio

Artículo 2.10.3.9.8

Registro De Los Recaudos

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de los recaudos . Los recaudadores están obligados a llevar un registro contable del recaudo, el cual contendrá los siguientes datos

1.

Nombre e identificación del recaudador.

2.

Fecha y número del comprobante de pago de la cuota de fomento de leguminosas de grano.

3.

Especie que paga la cuota y origen municipal.

4.

Cantidad del producto que causa la cuota señalada en kilogramos.

5.

El valor recaudado. (Decreto número 1592 de 1994, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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